Ramón y Cajal 62, Entresuelo, oficina 2, Santa Cruz de Tenerife

Cómo emprender un negocio

Tras la crisis económica de 2008, en donde la caída de la burbuja inmobiliaria causó un grave perjuicio a la economía y empleabilidad de nuestro país, resurgió la actividad emprendedora. Muchas personas en esos momentos tan difíciles, comenzaron a cumplir aquellos sueños que habían tenido de ser empresarios y trabajar tal como deseaban. Si bien en estos años no estamos en la misma situación económica, la crisis sanitaria del COVID 19, ha generado nuevamente que haya más personas dispuestas a emprender su propio negocio.

A nuestro despacho acuden muchas personas solicitando información acerca de lo que deben tener en cuenta para comenzar ese proyecto que desean ejecutar. Si bien la respuesta varía según el proyecto que se desee ejecutar hay ciertos aspectos que son comunes.

Formas de ejercer la actividad

Para poder realizar una actividad mercantil debemos estar dado de alta como autónomo o tener una empresa por la que realizar la actividad. Dichas formas las describimos a continuación.

Autónomo

Podremos desempeñar esa actividad de manera personal, actuando en nuestro propio nombre y representación. Teniendo en cuenta algo muy importante, podremos a disposición nuestro patrimonio presente y futuro, para aquellas deudas que contraigamos.

Empresa

Cuando ejecutemos este proyecto mediante una Sociedad actuaremos en representación de ésta, sin poner en riesgo nuestro patrimonio (ni el presente ni futuro) sino el patrimonio de la propia empresa, salvaguardando así que las actividades que realicemos en función de esa sociedad nos puedan afectar formalmente.

Sociedad Responsabilidad Limitada (S.R.L)

Podremos constituir una sociedad limitada, ante notario con el patrimonio mínimo, exigible por ley de TRES MIL EUROS (3.000,00 €), si bien esta cuantía no debe ser sólo de manera económica, pues también podrá ser material, esto es, no sólo debe ser en dinero, sino también puede ser aportando bienes, por los cuales debemos dar un valor en la escritura de constitución.
Con ella no pondremos en riesgo nuestro patrimonio (ni el presente ni futuro) sino el patrimonio de la propia empresa, salvaguardando así que las actividades que realicemos en función de esa sociedad nos puedan afectar formalmente.

Sociedad colectiva

En la que los socios inviertan capital y su propio trabajo y gestionan la empresa. La responsabilidad de los socios (al contrario del otro tipo de empresa) es ilimitada, por lo que pueden responder personalmente con su propio patrimonio por deudas de la empresa.
No requiere para su constitución, de un mínimo de capital, siendo exigible incluir, al menos, uno de los socio más las palabras y compañía.

Sociedad comanditaria (o en comandita)

Se caracteriza por la posibilidad de tener dos tipos de socios

  • Colectivos: Responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad.
  • Comanditarios: No participan en la gestión y su responsabilidad se limitada al capital aportado o comprometido. Además, de este tipo de sociedad hay dos tipos: la comanditaria simple y la comanditaria por acciones.

CÓMO FORMALIZar TODO LOS TRÁMITES DE CREACIÓN DE una EMPRESA

Deberá realizarse mediante escritura ante notario. Acudiendo todos los socios de la empresa, aportando la siguiente documentación:

  • Certificación negativa del Registro Mercantil.
  • Certificado bancario de depósito de capital social.
  • Estatutos sociales
  • DNI o NIE de los socios

Después, para dar de alta la empresa en Hacienda y conseguir tu NIF provisional, deberá presentarse el modelo 036, una copia de la escritura de constitución y una copia de los estatutos en la Agencia Tributaria.

Posteriormente deberá constituirse la empresa ante el Registro Mercantil.

CÓMO PROTEJer LA MARCA DE la EMPRESA

Para ello no basta con constituir la empresa y registrar el nombre de la misma en el Registro Mercantil, deberás inscribir la marca en el Registro de Patentes y Marcas.

 

Para asesorarte sobre todo ello con total la seguridad jurídica, no dudes en solicitar cita con nuestro despacho de abogados en el teléfono 689698864 o correo electrónico info@hernandezygonzalez.com

Valora!

Posts Relacionados

Dejar un comentario

Preferencias de privacidad
Cuando visitas nuestro sitio web, se puede almacenar información a través de las cookies. Aquí puedes modificar tus preferencias de privacidad. Si bloqueas ciertos tipos de cookies, podrá alterar la experiencia de usuario.